PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL SOBRECOSTE ENERGÉTICO DE GAS NATURAL Y/O ELECTRÍCIDAD A PYMES Y PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.
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PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL SOBRECOSTE ENERGÉTICO DE GAS NATURAL Y/O ELECTRÍCIDAD A PYMES Y PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR EL SOBRECOSTE ENERGÉTICO DE GAS NATURAL Y/O ELECTRÍCIDAD A PYMES Y PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

Con fecha 11 de julio de 2023 se publica en Boja Extraordinario nº 20, la convocatoria las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva la línea de subvenciones regulada en el Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

El objeto de la convocatoria es compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad, entre el 1 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, a pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

Personas o entidades que pueden ser beneficiarias de la subvención:

Podrán resultar beneficiarias de la subvención, las pymes y personas trabajadoras autónomas previstas en el artículo 5.1, letras a) y b), del Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio de 2023. En todo caso, las pymes y personas trabajadoras autónomas solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6, del Decreto-ley 6/2023, de 11 de julio de 2023.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El formulario se cumplimentará a través de la plataforma habilitada a tal fin. Los formularios para la solicitud a través de la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente extracto, así como a través de la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo.html.

Para más información en las Instalaciones del Edificio de Sodemar.

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