HASTA EL 15 DE JULIO SE PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO.
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HASTA EL 15 DE JULIO SE PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO.

HASTA EL 15 DE JULIO SE PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS A AUTÓNOMOS Y EMPRESAS PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO.

El BOJA Extraordinario nº 55 de 15 de junio, publica el Extracto de convocatoria por el que se abre el plazo para solicitar las subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, reguladas en el Decreto Ley por el que se establecen las bases reguladoras publicado el pasado 4 de junio.

Estas subvenciones, tienen su origen el paquete de 7.000 millones de euros impulsado por el Gobierno de España el pasado abril, en virtud del cual, Andalucía recibirá 1.109.244.340 euros para estas ayudas directas.

Las subvenciones se dirigen a empresas y autónomos encuadrados en una relación de más de 200 actividades económicas (CNAE) que, entre otras varias condiciones a cumplir, no hayan declarado pérdidas en 2019 y sus operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019.

Se trata de ayudas con carácter finalista, es decir que deben ser justificadas por el beneficiario, y deberán aplicarse para satisfacer deudas y pagos a proveedores y otros acreedores, tanto financieros como no financieros, generadas entre el 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, y que aún no hayan sido satisfechos a día hoy, es decir, que se vayan a pagar a partir del 1 de junio de 2021.

La cuantía potencial a percibir calculada como exceso de la caída del 30% en las operaciones de IVA, oscila entre 3.000 y 200.000 euros. El importe subvencionado se calculará en función de la caída de su facturación y número de trabajadores de la empresa (más o menos de 10).

Los solicitantes de estas subvenciones han de tener sede en Andalucía, deben estar al corriente pago con la Seguridad Social y Hacienda, y no encontrarse en concurso de acreedores.

Tanto empresas como autónomos deberán comprometerse a mantener la actividad, no el empleo, hasta el 30 de junio de 2022.

Pinche AQUI para acceder a un resumen del Decreto Ley.

Pinche AQUI para acceder a la sección de solicitud de asistencia previa ante la AEAT.

Para más información puede llamarnos al teléfono 95 532 10 10 Extensión 4 y en info@sodemar.eu.

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